La sostenibilidad ha dejado de ser un tema reservado a las grandes empresas y se ha convertido en una exigencia creciente para organizaciones de todos los tamaños. Pero, ¿realmente es obligatorio que las empresas en España elaboren un informe de sostenibilidad? La respuesta depende de varios factores, y te lo resolvemos en este post.
¿Es obligatorio el informe de sostenibilidad?
Sí, en España muchas empresas están obligadas a elaborar una memoria de sostenibilidad debido a la entrada en vigor de la Directiva de la UE sobre Información Corporativa en Materia de Sostenibilidad (CSRD, por sus siglas en inglés).
¿Qué es la CSRD?
La directiva CSRD es una normativa europea que sustituye a la anterior Directiva sobre Información No Financiera (NFRD). Su objetivo es mejorar la transparencia y la comparabilidad de la información sobre sostenibilidad que las empresas deben divulgar. Esta directiva amplía significativamente el número de empresas obligadas a reportar, pasando de unas 12.000 aproximadamente a 50.000 en toda la Unión Europea.
¿Qué empresas están obligadas?
La obligación de presentar informes de sostenibilidad se aplica de manera progresiva:
- Desde el 1 de enero de 2024: Las empresas de interés público que ya estaban sujetas a la NFRD (es decir, las empresas con más de 500 empleados) deben adaptar sus informes a los nuevos requisitos de la CSRD. Su primer informe CSRD se publicará en este 2025.
- Desde el 1 de enero de 2025: Cualquier empresa grande que cumpla al menos dos de los siguientes tres criterios (estas deberán presentar su primer informe en 2026):
- Empresa con más de 250 empleados
- Que tenga más de 50 millones de euros en facturación
- O que tenga más de 25 millones de euros en activos totales
- Desde el 1 de enero de 2026: Las pequeñas y medianas empresas (pymes) que cotizan en bolsa, excepto las microempresas, deberán sumarse también al proceso de reporte. En este caso, el primer informe se presentará en 2027.
¿Qué información debe incluirse?
Las empresas deben reportar sobre aspectos ambientales, sociales y de gobernanza (criterios ESG), incluyendo:
- Emisiones de gases de efecto invernadero (alcances 1, 2 y 3).
- Usos de recursos naturales (agua, energía, materias primas).
- Políticas de derechos humanos y laborales.
- Diversidad e inclusión en el lugar de trabajo.
- Gobierno corporativo y ética empresarial.
- Riesgos y oportunidades vinculados al cambio climático.
Además, los informes deberán elaborarse bajo los Estándares Europeos de Información sobre Sostenibilidad (ESRS) y estar auditados por un verificador independiente, lo que garantiza su fiabilidad y comparabilidad.
¿Qué ocurre si no se cumple?
El incumplimiento de estas obligaciones puede conllevar sanciones y afectar negativamente a la reputación de la empresa. Además, la falta de transparencia en sostenibilidad puede influir en las decisiones de inversores, clientes y otras partes interesadas.
Como hemos comentado, el informe de sostenibilidad sí es una obligación para muchas empresas en España. La normativa CSRD marca un antes y un después en la manera en que las organizaciones informan sobre su impacto en el entorno y en la sociedad.
Desde nuestra experiencia como consultora de sostenibilidad, creemos que es importante que las empresas evalúen si están sujetas a esta normativa y, en caso afirmativo, comiencen a prepararse para cumplir con los requisitos establecidos.
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